EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, a la firma “CONARPESA CONTINENTAL ARMADORES DE PESCA S.A.”
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, a la firma “CONARPESA CONTINENTAL ARMADORES DE PESCA S.A.” (CUIT Nº: 30-57785659-8), con sede social calle Jerónimo Salguero Nº 2.731, Piso 5º, Oficina “51” de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, con constancia de Habilitación de los Establecimientos Oficiales Nº 2226 B/P CONARPESA I, Nº 2782 B/P ANTONIO ÁLVAREZ, Nº 3000 B/P FERNANDO ÁLVAREZ, Nº 4038 B/P FÉLIX AUGUSTO, Nº 4476 B/P ÁLVAREZ ENTRENA II, Nº 4477 B/P ALVAREZ ENTRENA I, Nº 4478 B/P ÁLVAREZ ENTRENA III, Nº 5211 B/P ALVAREZ ENTRENA VI, y con Registros de Productos Nº 2226/29229/1, Nº 2782/29133/1, Nº 3000/29135/1, Nº 4038/60773/1, Nº 4477/80943/1, Nº 4476/80942/1, Nº 4478/80944/1 y Nº 5211/113758/1, otorgados por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para distinguir el producto “LANGOSTINOS ENTEROS CONGELADOS A BORDO”, comercializados mediante la marca “CONARPESA”, de conformidad a lo establecido por la Ley Nº 26.967, por la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y sus modificatorias y por la Resolución Nº 25 de fecha 2 de marzo de 2018 de la ex – SECRETARÍA DE AGREGADO DE VALOR del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase la Nota de “ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES” del referido Sello, que como Adjunto (IF-2024-117194032-APN-DGDAGYP#MEC) forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- El derecho de uso cedido por el Artículo 1º de la presente medida, se acuerda por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4º. – Apruébase la propuesta de exhibición del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en las muestras de rótulo y/o elementos de “packaging” del producto para el cual se concede el derecho de uso del Sello y que como Adjuntos (IF-2023-07357863-APN-DGD#MAGYP y RE-2023-93404972-APN-DTD#JGM) forman parte de la presente medida.
ARTÍCULO 5º.- Hácese saber a la firma “CONARPESA CONTINENTAL ARMADORES DE PESCA S.A.”, la obligatoriedad del uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, de acuerdo con la forma de exhibición aprobada en el artículo precedente, para aquellos productos destinados a la exportación y respecto de los cuales se solicite la emisión de los certificados referidos en el Artículo 2º de la Resolución Nº 90 de fecha 12 de abril de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias, a los efectos del reintegro adicional establecido por el Artículo 4º del Decreto Nº 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016. Asimismo que, a partir del 1º de enero de 2025, en todos los casos, el envase de aquellos productos que cuenten con el derecho de uso del Sello, deberá ser inferior o igual a VEINTE KILOGRAMOS (20 kg).
ARTÍCULO 6º. – Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sergio Iraeta