La Cámara del Trabajo ordenó detener las elecciones del SOMU en medio de fuertes denuncias y un clima interno enrarecido
El proceso electoral del Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) quedó abruptamente interrumpido este 1 de diciembre, luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dispusiera una suspensión inmediata de los comicios que habían comenzado por la mañana y debían extenderse hasta el 5 de diciembre. La decisión se tomó tras evaluar una presentación cargada de objeciones formales, actas certificadas y acusaciones cruzadas entre la conducción actual y dos sectores opositores.
La resolución —dictada de manera precautoria y por mayoría— contó con el voto de los jueces Diana R. Cañal y Mario S. Fera. Ambos magistrados coincidieron en que permitir que la elección avanzara sin revisar previamente las denuncias podría provocar un perjuicio institucional difícil de revertir, comprometiendo la vida democrática del gremio marítimo.
El origen del conflicto: denuncias que encendieron todas las alarmas
Las listas opositoras Granate N.º 41 y Azul N.º 100 acudieron a la Justicia señalando una serie de supuestas maniobras de la Junta Electoral. Entre los puntos más críticos destacaron:
- Rechazo para recibir listas completas en la seccional Necochea.
- Descalificación de numerosos candidatos opositores, incluso de nóminas previamente oficializadas.
- Falta de traslado de impugnaciones, obstaculizando el derecho a controlar el proceso.
- Publicación deficiente de los padrones, afectando la transparencia mínima del comicio.
- Presuntas firmas adulteradas respaldadas por certificaciones notariales.
Ambas agrupaciones sostuvieron que la Junta Electoral habría favorecido a la Lista 22 Naranja —vinculada al oficialismo—, que fue oficializada en todos los tramos de la elección pese a que algunos de sus integrantes, según la demanda, no cumplirían los requisitos estatutarios.
La posición del SOMU
La conducción del sindicato rechazó cada acusación y aseguró que el proceso se venía desarrollando “con absoluta claridad”. Señaló que se oficializaron 37 listas, lo que interpretó como prueba de pluralidad, y afirmó que las observaciones a las listas opositoras respondieron a “faltas graves” documentadas en sus presentaciones.
El SOMU también cuestionó la validez de la notificación judicial que abrió la instancia cautelar, pero la Cámara descartó ese planteo por no encontrar fundamentos suficientes.
Por qué la Justicia decidió intervenir
El Tribunal centró su análisis en dos aspectos centrales:
- La documentación aportada —incluidas actas notariales— que permite advertir, al menos de manera preliminar, un proceso electoral conflictivo y sujeto a controversias.
- El riesgo institucional de continuar con una elección fuertemente cuestionada, ya que, si luego se comprobara alguna irregularidad, habría que anular votaciones, revisar actos ya consumados y generar un daño mayor.
El fallo remarca que la Justicia laboral no puede convalidar procesos sindicales que se aparten de los principios de transparencia, pluralidad y apertura que exige la libertad sindical. La idea principal: prevenir “situaciones de muy dificultosa o imposible reparación”.
Un escenario gremial completamente reconfigurado
La decisión no resuelve el trasfondo de la disputa, pero sí coloca al SOMU en una etapa de máxima tensión. Mientras se investiga la totalidad de las denuncias, las elecciones quedan en pausa y la conducción deberá justificar cada acto ante el Tribunal.
Para las listas opositoras, la resolución representa un freno a un proceso que calificaban como dirigido en su contra. Para la dirigencia actual, implica defender la legalidad de un cronograma que consideraban firme.
Más allá de las internas, el fallo envía un mensaje claro hacia el mundo sindical: cuando la Justicia observa indicios concretos de que un proceso electoral podría vulnerar garantías esenciales, no dudará en intervenir.

