El Consejo Federal Pesquero desestimó las impugnaciones presentadas por el Centro de Patrones, CEPA y CAIPA contra la convocatoria para incorporar nuevos buques poteros a la matrícula nacional. El organismo sostuvo que las entidades carecen de legitimación para cuestionar la medida y reafirmó que la decisión se apoya en los informes científicos del INIDEP y en las facultades conferidas por la Ley Federal de Pesca.
La incorporación de nuevos buques poteros a la flota pesquera argentina superó un nuevo obstáculo administrativo. En su última sesión, el Consejo Federal Pesquero (CFP) rechazó los recursos de reconsideración promovidos por el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo, el Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA) y la Cámara de la Industria Pesquera Argentina (CAIPA), que pretendían suspender o dejar sin efecto la Resolución CFP N° 6/2026.
Con esta decisión, el organismo ratificó el proceso de incorporación de nuevas unidades poteras destinado a incrementar el aprovechamiento del calamar argentino dentro de la Zona Económica Exclusiva (ZEE), antes de que los principales stocks migren hacia aguas internacionales, donde son capturados por flotas extranjeras.
El Centro de Patrones cuestionó el procedimiento
El primer recurso fue impulsado por el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, de Pesca y de Cabotaje Marítimo, que solicitó la suspensión de la resolución argumentando que no existía un análisis científico integral sobre los cuatro stocks comerciales de Illex argentinus y que la iniciativa había sido tratada sin el debido debate.
La entidad también objetó que no se hubiera convocado a la Comisión Asesora Honoraria prevista en la Ley Federal de Pesca y reclamó participar tanto en la definición de la política pesquera como en el proceso de evaluación de los proyectos para nuevos poteros.
Sin embargo, el Consejo Federal Pesquero concluyó que la organización sindical no posee legitimación activa para impugnar una decisión de estas características. El organismo recordó que la normativa vigente sólo habilita este tipo de recursos a quienes acrediten una afectación concreta de un derecho o interés legítimo.
En consecuencia, el recurso fue declarado inadmisible por mayoría. Además, el CFP intimó al gremio a constituir domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para futuras actuaciones administrativas.
CEPA no logró modificar el sistema de evaluación
Otro de los recursos fue presentado por el Consejo de Empresas Pesqueras Argentinas (CEPA), que cuestionó el criterio de puntuación establecido para evaluar los proyectos de incorporación de nuevos buques.
La cámara sostuvo que el sistema de valoración favorece a determinadas jurisdicciones en función de los puertos de desembarque y genera una desventaja para las empresas radicadas en la provincia de Buenos Aires.
El CFP rechazó esos argumentos al considerar que CEPA no identificó específicamente a las empresas que decía representar ni acreditó un perjuicio concreto derivado de la resolución.
Asimismo, recordó que el criterio territorial constituye sólo uno de los componentes del sistema de evaluación y que no resulta determinante para definir la aprobación de los proyectos.
Por esos motivos, el recurso también fue rechazado por inadmisible.
CAIPA insistió con revisar la convocatoria
La Cámara de la Industria Pesquera Argentina (CAIPA) también pidió la revisión de la Resolución 6/2026, solicitó conocer en detalle los fundamentos técnicos que respaldaron la decisión y reclamó una mayor participación institucional mediante la intervención de la Comisión Asesora Honoraria y de la Comisión de Seguimiento de la especie calamar.
Además, sostuvo que la convocatoria representa un cambio respecto de la política histórica aplicada por el Consejo Federal Pesquero y advirtió que podría afectar las expectativas de las empresas que actualmente participan de la pesquería.
El CFP respondió que las cámaras empresarias cuentan con canales permanentes de participación a través de audiencias y presentaciones formales, aunque aclaró que la legislación vigente no establece ninguna instancia obligatoria de consulta previa para la adopción de decisiones de política pesquera.
El organismo también advirtió que supeditar sus decisiones al consenso previo de todos los sectores involucrados podría afectar su capacidad para administrar los recursos pesqueros de manera eficiente.
Respecto del supuesto cambio de criterio, recordó que la incorporación de nuevos buques poteros forma parte de una política aplicada en distintas oportunidades y señaló que la última convocatoria de características similares se realizó en 2013.
El CFP reafirma el criterio técnico del INIDEP
Con el rechazo de los tres recursos, el Consejo Federal Pesquero dejó firme la Resolución 6/2026 y volvió a respaldar las conclusiones del INIDEP, que sostienen que la incorporación de entre 15 y 20 nuevos buques poteros permitiría aumentar la captura del recurso dentro de la jurisdicción argentina sin comprometer la sustentabilidad de los principales stocks de calamar.
Al mismo tiempo, el organismo dejó sentado un criterio institucional: los cuestionamientos de cámaras empresarias, organizaciones sindicales o representantes provinciales pueden formar parte del debate político y técnico, pero no resultan suficientes para dejar sin efecto una política pesquera adoptada conforme a las atribuciones que la Ley Federal de Pesca confiere al Consejo y sustentada en el asesoramiento científico del INIDEP.