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30 septiembre, 2026 19:15

Acuerdo entre SOMU y CAFACH: así quedan los salarios y las condiciones laborales para la flota amarilla

El convenio firmado este 30 de septiembre comenzará a regir el 1° de octubre y se extenderá hasta fines de marzo de 2027. El valor de referencia para la producción será de $1.638 por kilo de langostino al barrer. También se definieron los nuevos montos fijos, el régimen de francos y vacaciones y la prioridad de la Bolsa de Trabajo sindical para cubrir vacantes.

La flota amarilla de Rawson ya cuenta con un nuevo marco salarial de cara al próximo período de actividad. El Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU) y la Cámara de la Flota Amarilla de Chubut (CAFACH) rubricaron este miércoles 30 de septiembre un acuerdo que comenzará a regir desde el 1° de octubre de 2026.

El convenio tendrá vigencia hasta el 30 de marzo de 2027 inclusive y alcanza tanto al componente vinculado con la producción como a los conceptos fijos que integran los ingresos de las tripulaciones.

La representación sindical estuvo a cargo de Daniel Cisterna y Sebastián Viel, delegados del SOMU en Puerto Rawson. Por el sector empresario participaron Gustavo González, presidente de CAFACH, y Diego Martínez Zapata, en carácter de apoderado.

$1.638 por kilo para calcular la producción

Para el componente variable del salario, las partes acordaron establecer en $1.638 el kilogramo de langostino al barrer. A los fines del cálculo, se utilizará como referencia un cajón con 17 kilos de langostino puesto en banquina.

El acta incorpora a su vez un resguardo respecto de los ingresos obtenidos durante la zafra anterior: el salario bruto equivalente por cajón que corresponda al trabajador por producción no podrá ubicarse por debajo del equivalente bruto por cajón que haya percibido en la temporada 2025-2026, antes de los impuestos personales.

En cuanto al reparto por funciones, se mantiene un adicional de ¼ de parte para el primer pescador, mientras que el segundo pescador y el cocinero percibirán ⅛ de parte adicional.

Básico por encima del millón de pesos

La actualización de los conceptos fijos quedó plasmada en uno de los anexos del convenio. Desde octubre, el salario básico será de $1.041.389,47.

Los garantizados fueron diferenciados según la cantidad de viajes efectuados: para tres viajes se establecieron $1.446.602,06; para dos, $1.336.859,58; y para un viaje, $1.229.622,04.

El día de trabajo y el franco compensatorio fueron fijados, en ambos casos, en $80.025,16, mientras que por desarraigo corresponderán $613.119,02.

Las partes también ratificaron las modalidades de pago de estos rubros que habían sido establecidas mediante acuerdos anteriores.

Cómo funcionará el régimen de francos

El acta reconoce un día de franco por cada tres días de navegación y contempla un mínimo de cinco días de trabajo mensuales.

Para que estos últimos sean abonados deberán existir tareas efectivamente realizadas. Con ese objetivo, cada embarcación deberá llevar una planilla de control donde se registren los trabajos efectuados en muelle, ya sea a bordo del pesquero o en tierra.

El registro tendrá que estar firmado por el tripulante y por la autoridad del buque presente al momento de realizarse la tarea.

Junio, el mes establecido para las vacaciones

El convenio dedica un apartado particular a la Licencia Anual Ordinaria debido a la estacionalidad que caracteriza a la actividad.

Las partes resolvieron que las vacaciones sean gozadas durante junio, procurando que ese período no coincida con los meses en los que la producción adquiere mayor peso dentro de los ingresos de los trabajadores.

La remuneración de la licencia se determinará sobre el promedio salarial de los seis meses anteriores. Para el próximo período se computarán diciembre de 2026 y los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2027.

Esquema no remunerativo hasta el 30 de marzo

Otro punto de relevancia establece que el 70% de la liquidación mensual correspondiente al salario a la parte, conforme a la categoría de cada embarcación, conservará carácter no remunerativo hasta el 30 de marzo de 2027.

El propio convenio determina que ese porcentaje deberá convertirse en remunerativo desde el 1° de abril de 2027.

Pese a su carácter no remunerativo durante la vigencia del acuerdo, esas sumas serán computadas junto con las remunerativas para el cálculo del aguinaldo, vacaciones, cuota sindical, aportes de obra social, licencia ordinaria y situaciones vinculadas con accidentes o enfermedades profesionales.

La Bolsa de Trabajo gana centralidad en las incorporaciones

El entendimiento también introduce una definición concreta respecto de la incorporación de personal a la flota.

CAFACH reconoce a la Bolsa de Trabajo del SOMU de Puerto Rawson como mecanismo prioritario para cubrir las necesidades de las empresas armadoras.

Cuando exista una vacante, sea necesario reemplazar a un tripulante o se decida sumar personal bajo una contratación permanente, eventual o de otra naturaleza, las empresas deberán acudir inicialmente a esa bolsa.

La prioridad corresponderá a quienes se encuentren inscriptos y posean tanto la idoneidad como las habilitaciones exigidas para el puesto. Solo ante la falta de trabajadores disponibles que reúnan esas condiciones podrá recurrirse a personal externo, circunstancia que deberá ser comunicada previamente al sindicato.

Operatividad garantizada durante la vigencia del convenio

SOMU y CAFACH asumieron el compromiso de sostener la plena operatividad del sector durante el período comprendido por el acuerdo.

Si surgieran diferencias en las liquidaciones de haberes, estas deberán cancelarse junto con la liquidación siguiente.

También se estableció que las sumas acordadas podrán absorber hasta su concurrencia eventuales aumentos, bonos u otros conceptos que pudieran otorgarse durante la vigencia del convenio, según las condiciones previstas en el acta.

Una vez alcanzado el 30 de marzo de 2027, las partes deberán volver a negociar los parámetros económicos para definir una nueva recomposición.

Un cese de 24 horas en marzo

El convenio contempla además una jornada de cese de actividades de 24 horas durante marzo de 2027 por la Fiesta Nacional de los Pescadores.

La fecha deberá ser informada por el SOMU a CAFACH con al menos 15 días de anticipación.

En paralelo, continuarán vigentes aquellas condiciones establecidas en acuerdos anteriores que no hayan sido expresamente modificadas por el documento firmado este miércoles.

El acuerdo será presentado para su homologación

El acta concluye con el pedido de homologación administrativa del convenio, con efecto retroactivo a la fecha acordada. Las partes también solicitaron la concesión del beneficio previsto en el Decreto 633/2018, haciendo referencia a situaciones de crisis acreditadas previamente.

La firma permite que la flota amarilla llegue al comienzo de octubre con una parte sustancial de su escenario laboral definida. Desde este jueves 1° de octubre, entrarán en vigencia los nuevos valores y condiciones pactados entre la representación de los trabajadores marítimos y la cámara empresaria, mientras el sector avanza hacia una nueva temporada de langostino en Rawson.

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